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LO QUE DEBES SABER DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA

 


LO QUE DEBES SABER DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA

 





En este tipo de contratos el fideicomitente trasmite a la institución fiduciaria la propiedad de ciertos bienes (inmuebles, dinero o derechos)  con el fin de garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago

Este acto jurídico puede ser celebrado por personas físicas y morales, quienes designaran los bienes del fideicomiso durante cierto plazo a la institución de crédito que será la fiduciaria. Entonces su objeto principal es garantizar contra terceros interesados el cumplimento en tiempo y forma, estando en condiciones de ejecutar la garantía sin necesidad judicial, cuando haya sido estipulado de esa manera en el contrato.


En palabras de Francisco Antonio Lembo Rosales[1], lo define de la siguiente manera:

El fideicomiso es un contrato por el cual una persona destina ciertos bienes a la realización de un fin licito determinado, encomendado a una institución de crédito.”

Es necesario mencionar que, dicho contrato debe realizarse por escrito y ajustarse a los términos que regula la trasmisión de bienes; al tratarse de bienes inmuebles deberán inscribirse en el Instituto Registral y Catastral, a fin de que surtan efectos contra terceros.

Dicho contrato se encuentra regulado por Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, reconociendo a las siguientes partes:

FIDUCIARIO: La institución financiera o bancaria a la que se le trasmite la titularidad sobre ciertos bienes con la limitación de carácter obligatorio, permitiéndole realizar solo aquellos actos exigidos por el cumplimiento del fin otorgado.

FIDEICOMITENTE: Persona que dentro del contrato de fideicomiso destina o afecta ciertos bienes a un fin licito determinado.

FIDEICOMISARIO: Persona física o moral capacitada legalmente para recibir el beneficio de un fideicomiso.

Como se extingue el fideicomiso

El contrato de fideicomiso en garantía se extingue por las siguientes causas:

Realización del fin para el cual fue constituido.

La imposibilidad de realizarlo.

La imposibilidad del cumplimiento de la condición suspensiva de que dependa, o cuando la misma no se haya verificado dentro del plazo señalado.

 El cumplimiento de la condición resolutoria a la que haya quedado sujeto.

 El convenio expreso entre el fideicomitente y el fideicomisario.

 La revocación hecha por el fideicomitente cuando este se haya reservado expresamente este derecho al constituir el fideicomiso.

 La imposibilidad de sustituir a la institución designada como fiduciaria cuando esta no haya aceptado el encargo, renuncie o sea removida.

Al momento de extinguirse el fideicomiso los bienes que queden en poder de la institución fiduciaria serán devueltos al fideicomitente o a sus herederos.

 Proceso judicial

En caso de que el fideicomitente incumpla con las obligaciones pactadas en el contrato de fideicomiso de garantía, el fideicomisario podrá iniciar un procedimiento judicial en materia civil en la vía especial para llevar a cabo la ejecución de la garantía otorgada, de acuerdo a los artículos 387, 388, 395, 400 y 402 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

En caso de que la garantía no alcance para cubrir el total del crédito otorgado, el acreedor conservará sus acciones para exigir el monto no pagado.

Comentarios finales

Como se mencionó, este tipo de contrato tienen un gran impacto en la actividad comercial tanto de personas físicas como morales, por ello es importante que te asesores con especialistas desde el comienzo del acto jurídico, quienes te proporcionaran las herramientas para la redacción de un exhaustivo contrato de fideicomiso que cumpla con las formalidades de ley, y en caso de algún eventual conflicto, no arriesgar tu patrimonio. Nosotros podemos apoyarte, no dudes en contactarnos.


Nota: La imagen utilizada forma parte del dominio público.


Lic. Andrés Escareño Barrera
Especialista en Derecho Empresarial
Twitter:@AndresEscarenoB 
contacto@murdocklegal.com




[1] LEMBO ROSALES, Francisco Antonio, CONTRATOS MERCANTILES Y DE TRÁFICO EMPRESARIAL, pagina. 110, México, D.F, Flores Editores, 2013.


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