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COMERCIO ELECTRÓNICO EN MÉXICO. ASPECTOS LEGALES.

 

COMERCIO ELECTRÓNICO EN MÉXICO. ASPECTOS LEGALES.

 


El comercio electrónico es una herramienta moderna para realizar todo tipo de negocios, adoptado por las necesidades de la empresas, comerciantes y consumidores para reducir costos, así como mejorar la calidad de los bienes y servicios, tiempos de entrega, para fortalecer las actividades empresariales y brindando ciertas comodidades para ambas partes.

Desde un punto legal, el comercio electrónico se puede definir como cualquier forma transacción comercial en la cual las partes involucradas interactúan de manera electrónica en lugar de hacerlo de la manera tradicional con intercambios físicos o trato físico directo[1].  

Esta modalidad de comercio global, obliga a que las compañías presten un servicio más eficiente y flexible en sus operaciones, para así trabajar de una forma cercana con sus proveedores y estar pendiente de las necesidades y expectativas del cliente. Esto da la oportunidad de elegir la opción óptima, sin importar la localización geográfica para que de esa forma se puede vender a un mercado global.

El comercio electrónico puede utilizarse en cualquier entorno en el que se intercambien documentos entre empresas: compras o adquisidores, finanzas, industria, transporte, salud, legislación y recolección de ingresos o impuestos[2].

Beneficios

Reducción de trabajo administrativo. Transacciones comerciales más rápidas y precisas en el ámbito nacional como internacional.

-          Acceso fácil y rápido de la información.

-          Optimización del tiempo del consumidor.

 Aspecto legal

Los efectos jurídicos del comercio electrónico, primeramente es el consentimiento en las redes y el lugar de la celebración, siendo distintos si la contratación es entre empresas o entre estas y los consumidores.

Contratación con el proveedor de acceso a internet. En este tipo de contratación, el consumidor celebra un contrato con el proveedor de acceso a internet quien le asigna una dirección (dominio registrado), y que es individualizado a través de un signo o palabras suministradas por el usuario. Con ello, tiene derecho a recibir y enviar información por correo electrónico con carácter de exclusividad a través de una clave[3].

Contratación con el proveedor bienes y servicios a través de la red. Una vez asignado el acceso a internet, el usuario ingresa al mismo libremente visitando distintos sitios, recabando información y pudiendo contratar, configurándose de esta forma el contrato electrónico.

 Legislación.

La Ley Federal de Protección al Consumidor dispone en su artículo 76 bis de diversos derechos respecto a las transacciones efectuadas a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra naturaleza. Además, establece, entre otras, las siguientes obligaciones:

Confidencialidad de la información del consumidor. Es indispensable proteger y resguardar la información de los consumidores, sea esta de carácter personal o no, por lo que se recomienda establecer medidas de seguridad que permitan garantizar la confidencialidad de la información.

Seguridad de la información proporcionada por el consumidor e informarle a éste, previamente a la celebración de la transacción, sobre las características generales de los elementos de seguridad.

Proporcionar al consumidor, antes de celebrar la transacción, su domicilio físico, números telefónicos y demás medios a los que pueda acudir el propio consumidor para presentarle sus reclamaciones o solicitarle aclaraciones.

 Evitar las prácticas comerciales engañosas respecto de las características de los productos, por lo que deberá cumplir con las disposiciones relativas a la información y publicidad de los bienes y servicios que ofrezca.

El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información sobre los términos, condiciones, costos, cargos adicionales, en su caso, formas de pago de los bienes y servicios ofrecidos por el proveedor.

Respetar la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir.

Respetar la decisión del consumidor, en su caso, de no recibir avisos comerciales en general.

Abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población.

Es indispensable que el proveedor de servicios por internet cumpla en general con lo dispuesto en la Ley Federal de Protección al Consumidor: condiciones de venta, calidad, información, publicidad, garantías, promociones y ofertas, etcétera.

Hoy en día México es un país que como muchos otros, ha adoptado el comercio electrónico como necesidad comercial para acrecentar la actividad económica nacional e internacional, contando con una regulación muy específica respecto a este comercio, particularmente aquellos que se realizan por medios electrónicos.

De ahí la importancia de conocer las obligaciones que surgen para ambas partes contratantes, primeramente para utilizar esta nueva plataforma, y en segundo, para iniciar un sistema de comercio de esta índole, evitando así riesgos legales, como penales, civiles, laborales y administrativos, y que lleguen afectar el patrimonio de la empresa.

Si tienes alguna duda de como iniciar tu negocio en la modalidad electonica y quieres saber más información, puedes contactarnos a través de nuestra página web www.murdockglobal.com o en redes sociales bajo el usuario “Murdock Global Legal Group”.

Nota: La imagen utilizada forma parte del dominio público.

Bibliografía.

Ley Federal de Protección al Consumidor. 

Código de Comercio.



Lic. Andrés Escareño Barrera
Especialista en Derecho Empresarial y Laboral
Twitter:@AndresEscarenoB 
contacto@murdocklegal.com
Dirección: Calle Julio Betancourt número 213-A, Las Aguilas, 3er Sección, San Luis Potosí, S.L.P


[1] LEMBO ROSALES, Francisco Antonio, CONTRATOS MERCANTILES Y DE TRÁFICO EMPRESARIAL, pagina. 101, México, D.F, Flores Editores, 2013.

[2] Nota 1, pág. 108.

[3] Nota 1, pág. 109.

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