LA NUEVA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN MÉXICO
La Negociación Colectiva es el convenio que se da entre los trabajadores de una
empresa (que por lo general se reúnen por medio del sindicato al que
pertenecen los mismos) y la empresa o los representantes de ella.
Serán
21 entidades en las que se estarán atendiendo las controversias laborales bajo
el Nuevo Sistema de Justicia Laboral, ya que desde el 18 de noviembre de 2020, se empezó a aplicar en las siguientes
entidades federativas: Campeche, Chiapas, Durango, Estado de México, Hidalgo
(nivel federal), San Luis Potosí, Tabasco y Zacatecas.
Y
con esto se da inicio a la función registral de sindicatos y contratos
colectivos de trabajo a nivel nacional. Con lo que llegará a la solución de
conflictos entre patrones, sindicatos y obreros, por medio de la simplificación
del proceso, vía remota y de fácil acceso, con la premisa de salvaguardar los
derechos humanos y darle la debida protección a los grupos vulnerables, los
medios serán más ágiles, eficaces y transparentes, pero evitar cualquier
indicio de corrupción, con la finalidad de propiciar el diálogo y la resolución
de conflictos laborales, asimismo, el sistema de notificación será más ágil y
oportuno.
Es
el parteaguas para propiciar la libertad sindical y a su vez la Negociación Colectiva, para poder garantizar el derecho de los trabajadores a asociarse y
decidir libremente sobre sus organizaciones, a través de diversas tangentes,
dentro de las cuales están:
1)
Participación efectiva y auténtica de los subordinados.
2)
Salvaguardar el voto personal, preservando la libertad, secreto y la democracia
sindical.
3)
Se robustece la certeza de la libertad de asociación.
4)
Se atiende a los procesos para la legitimación de contratos colectivos.
5)
Se busca la transparencia y máxima publicidad del registro laboral.
• Iniciar una contratación colectiva.
• Revisar
un convenio vigente.
• Modificar un convenio.
•
Fijar condiciones laborales especiales.
• Exigir
ciertas prestaciones económicas.
• Suspender
o modificar contratos.
• Mejorar
el diálogo social a nivel de empresa.
Los objetivos constituyen las pretensiones o finalidades de la negociación y, a medida en que avanza en la preparación, conviene ir estableciendo prioridades, tanto entre objetivos como en los elementos que los componen. Por lo tanto, se recomienda te asesores con expertos en Negociaciones Colectivas. En Murdock Global Legal Group, S.C., contamos con estudios de casos de éxito en este tema.
Contáctanos, somos especialistas en materia de Derecho Empresarial y Laboral.
Nota: La imagen utilizada forma parte del dominio público.
Autor. Mario Alberto Alonso Santizo
Asesor Corporativo y Empresarial
Julio Betancourt 213- A, Colonia Las Águilas, Tercera Sección, San Luis Potosí.
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Referencias.
ALCALDE JUSTINIANI, Karla, La Contratación Colectiva y su Técnica de Negociación, pág. 52-54, Editorial Porrúa, 2020.
Ley Federal del Trabajo Actualizada.
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